miércoles, 29 de junio de 2016

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Proyecto de ley Escuela Líder


Este documento me lo entrego un Facilitador de salud hace como un año creo que es como un borrador porque no tiene el numero ni nada pero es en esencia lo que se disponen a hacer.




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Análisis del Proyecto de ley para las Alianzas en la en las Educación Pública.

Análisis del Proyecto de ley para las Alianzas en la en las Educación Pública.
Escrito por: Prof. Arlyn Zapata 

            La reciente publicación del proyecto de ley propuesto por el presidente del Senado de Puerto Rico, Eduardo Bathia, ha traído a la discusión pública, la posible viabilidad de que entidades sin fines de lucro puedan administrar escuelas del Estado. Parte de la polémica implica que la medida legislativa dejaría al menos, el  15% de las escuelas del país bajo el control de las entidades privadas y públicas que presten servicios educativos.  De ser así las escuelas podrían ser manejadas por organizaciones sin fines de lucro, municipios, cooperativas de maestros o universidades, mediante contratos de una duración de cinco años.  Según el proyecto de ley la mayoría de las escuelas que participaran de esa transformación son escuelas que  están clasificadas como prioridad por su bajo rendimiento académico. Se espera que estos cambios puedan ayudar a aliviar el rezago académico evidenciado en la mayoría de esas instituciones.  Así como también el mejorar la rendición de cuentas y el manejo de fondos públicos. De aprobarse el proyecto también permitirá la transformación de cualquier otro plantel educativo que los padres y madres o al personal docente así lo soliciten.  Además, la medida contempla enmendar la “Ley Orgánica del Departamento de Educación”  y la “Ley de Sistema de Retiros para  Maestros”.  Se espera que de llegar a convertirse en ley, el estatuto regirá con supremacía sobre cualquier otra legislación o norma que esté en vigor actualmente. Estos cambios son sumamente significativos y podría entrar en vigor muy pronto. Por lo tanto, se necesitan ser analizados para identificar qué efectos positivos o negativos tendrán para la educación del país.

            El primer aspecto que contempla el proyecto de ley es la denominación de las escuelas públicas como Escuelas Públicas LIDER. Por su supuesta habilidad para ser innovadoras, efectivas en la rendición de cuentas, firmes en el desarrollo comunitario y buena responsabilidad social.  Aunque la propuesta no las denomina como escuelas “Charters”, la operación parece ser la de una escuela organizada de la misma manera que las existentes en Estados Unidos de América.  Las cuales están conformados en los cuatros modelos de trasformación de la Ley de Título I del Fondo de Recuperación.  Específicamente en el modelo número tres titulado “Re-start” con el propósito de cerrar y volver abrir escuelas en las cuales se contrataría un director nuevo el cual rendirá cuentas a una administración “privada” perteneciente a una Organización Administrativa  o una Organización de Gestión Educativa. Lo cual podría ser beneficioso porque esto ayudaría a reducir la duplicidad de trabajo y la burocracia de los procesos en el Departamento de Educación.  Convirtiéndose este en el segundo aspecto interesante de la legislación.  Ya que el estatuto se centra en siete iniciativas o estrategias de transformación que entre muchas cosas espera como propósito inicial resolver el problema de un sistema centralizado y augura la facilitación de los procesos.  Aunque serán manejados por dos entidades independientes pero complementarias. Departamento de Educación  Estatal y Agencia de Educación Estatal bajo la Junta de Innovación Educativa.  Sin embargo, se espera que ambas sean gobernadas por el Secretario de Educación.  Las entidades educativas que administrarían las escuelas LÍDER serían seleccionadas mediante contrato de la Junta de Innovación Educativa, el cual formaría parte de un organismo gubernamental que se crearía bajo el amparo  de la legislación y  funcionaría como la Agencia de Educación Local según  expone el proyecto de ley.  Se espera que la Junta de Innovación Educativa cuente con la participación del Secretario de Educación y  este compuesta por seis representantes comunitarios nombrados por el Gobernador pero con el consentimiento del senado. Sus miembros son: el  Presidente de la Asociación de Industriales, el Presidente de la cámara de Comercio., el Presidente de las Cooperativas de Puerto Rico, el Presidente de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, el  Presidente de la Asociación de Colegios Privados y las Universidades Privadas de Puerto Rico y por último un líder Sindical.  Un grupo multifactorial que posiblemente velen por sus intereses privados y políticos que ellos persiguen.

            Otra iniciativa del proyecto es la creación de las Escuelas Públicas de la Comunidad. Siguiendo como modelo la autonomía escolar de la Ley 149-1999 de las Escuelas de la Comunidad, las cuales contaran con completa autonomía administrativa, fiscal y operacional para llevar a cabo sus funciones educativas conforme a las necesidades de los estudiantes y la comunidad.  En esas escuelas se contará con un director nombrado por el Principal Oficial Ejecutivo  de la Agencia de Educación Estatal y le permitirá al director preparar presupuesto, comprar, contratar o remover al personal escolar.  Además el proyecto de ley  promete la modernización de las escuelas con equipo tecnológico para que las escuelas puedan hacer uso de libros de textos en línea. Un aspecto que sería positivo aunque habría que evaluar cuan real es que esto se viabilicé, dada la gran recesión económica por la que atraviesa el país.

            Otro aspecto controvertible es la pérdida de derechos que actualmente podrían  gozar los maestros que alcancen estatus de permanencia luego de la firma del proyecto. Ya que con el sistema de evaluación que se pretende implementar, los maestros nuevos que no aprueben la evaluación con 80%-70% o más estarían sujetos a despidos, si no cumple con un plan de apoyo a la docencia. Acción que como administrador puede ser efectiva si se toma en consideración que esto pueda redundar en el  beneficio de los estudiantes, pero dura para los maestros que no puedan alcanzar las expectativas del sistema de educación.  También se debe tomar en consideración si los maestros que trabajen en las escuelas LIDER devengaran un salario privado y comiencen a pagar al seguro social o que ocurra algún cambio en la retención del Retiro de Maestros. El cual se encuentra en déficit operacional y ésta muy por debajo de lo que se debe recaudar.

            No obstante, la política que Bathía quiere suscitar es que se garantice la permanencia a los maestros con  status, aunque no sean contratados por la organización privada al momento de reabrir la escuela.   Con el proyecto se espera  garantizar la reubicación del maestro en otra escuela del distrito o la región,  honrando así la permanencia en el sistema.  Factor que puede ser preocupante porque podría causar dificultad administrativa, ya que la probabilidad de reubicación cada vez será más limitada. Debido a que el proyecto de ley tiene como estrategia continuar cerrando escuelas.  Las cuales actualmente llegan a 1,388 escuelas en todo Puerto Rico.  En comparación  territorial a otros distritos similares en los Estados Unidos como los distrito de  Miami, Dade o Los Angeles que cuentan con tan solo 400 a 600 escuelas.  Esto podría provocar una merma en el nombramiento de maestros y la posibilidad de que sea más difícil la reubicación del personal con carácter permanente.  

            Otro factor predominante en la propuesta es que busca mejorar la evaluación y el apoyo a la docencia.  El cual según la medida será afianzada por “primera vez” en el Sistema de Educación de Puerto Rico.  Postulado con el cual no estoy de acuerdo porque con los acuerdos forjados en el Plan de Flexibilidad  ya contamos con un Sistema de Evaluación y Apoyo a la Docencia.  Según el proyecto el apoyo será constante y contara con un modelo para la recolección de datos necesarios para la toma de decisiones.  Lo cual es positivo porque con este proceso se espera poder depurar más la calidad de enseñanza en la educación. Sin embargo  actualmente ese sistema de evaluación ya existe y está siendo implementado en la fase de piloto, con el mismo propósito de inducir a los maestros las ejecutorias de los estudiantes como parte su evaluación en las pruebas estandarizadas.  Algunos de los aspectos discutidos podrían tener efectos positivos en la educación Puertorriqueña pero se necesitas hacer un análisis más extenso en términos de efectividad educativa  y manejo de control de los fondos federales.

            Según una investigación realizada por la Universidad  de Pennsylvania uno de los factores negativos de la implementación de las escuelas Charters es que no han evidenciado ser más efectivas académicamente (Frankenberg, 2015). En ese estudio se compara las ejecutorias de las escuelas tradicionales versus las escuelas Charter  con el propósito de evidenciar un mejoramiento en el rendimiento académico como consecuencia de una administración privada. El mismo concluye que luego de una investigación realizada por un periodo de seis años en las escuelas de Nueva York,  no hay evidencia suficiente para sostener que las escuelas Charters mejoran la calidad de la educación.

            De igual forma en  un estudio realizado por el “Center for Research Outcome” (CREDO), 2009 de la Universidad de Stanford, se concluye que las escuelas Charter obtuvieron una disminución de 0.1 en promedio en el desempeño de la lectura y  de 0.3 en las matemáticas en comparación a las escuelas tradicionales públicas (TPS).  Aunque los datos varían de estado en estado.  Este estudio es significativo ya que obtuvo la mayoría de sus datos en casi el  65%-75% de las escuelas Charters de la nación. Este estudio también encontró que las escuelas charters obtuvieron en el nivel primario, un porcentaje bajo pero significativo de mejoría académico. Pero contrariamente en las escuelas multiniveles y superiores obtuvieron resultados más bajos que las escuelas tradicionales.

            Sin embargo en otro estudio realizado por CREDO, 2015 específicamente en las escuelas de Michigan se encontró que las escuelas charters  tienen un efecto positivo en el desempeño académico pero que la magnitud  de los efectos es significativamente pequeño si se compara con las escuelas tradicionales.  Lo cual según el estudio se  asemeja a un sin fín de investigaciones realizadas en la nación en los cuales se refleja que el modelo de transformación Re- start es uno fallido.

            En términos de rendición de cuentas el estudio realizado por Bracey, (2005) declara que las escuelas charters no lograron el propósito principal por el cual fueron creadas o sea el propósito de mejorar el aprovechamiento académico. Concluye que las escuelas chartes no han sido evaluadas objetivamente en términos de mejoría académica sino que la gran mayoría del éxito que se les atribuyen es en términos de las libertades que tiene para decidir reglamentos, políticas y contratación de empleados  que en el pasado no tenían.  Los cuales estaban descritos como un problema de índole burocrático. Tampoco han podido lograr una mejoría al reducir la cantidad de matrícula en las escuelas (aproximadamente 200 estudiantes por escuela) o al reducir el tamaño de los grupos.  Que los logros mayormente están siendo asumidos por los defensores de las escuelas charters, en términos de la desregulación de los procesos burocráticos como evidencia suficiente para declarar que han tenido éxito. Por lo tanto, la reforma educativa en los Estados Unidos, es un fracaso.  Basado en estos hallazgos concluyo que aunque el propósito de la legislación es positivo, los estudios y la experiencia de los sistemas educativos que ya han pasado por ese modelo de transformación demuestran que no hay mejoría significativa como para legislar que ese modelo educativo sea implantado en Puerto Rico.  Mi recomendación para mejorar el sistema educativo es disponer un proceso de ley en el que se centre la escuela como modelo de transformación social, el cual brinde más participación a la sociedad y más responsabilidad a los participantes entiéndase padres, madres, estudiantes y personal docente.








Referencias

.Bracey, G. (2005). Charter Schools’ Performance and Accountability: A Disconnect. Recuperado  el  17 de septiembre de2015 de http://nepc.colorado.edu/publication/charter-schools-performance-and-accountability-a-disconnect.

Estado Libre De Puerto Rico. Decima séptima asamblea legislativa, Sección extraordinaria #4 Proyecto             #___del senado de Puerto Rico  presentado por Bathia Gautier (2015)

 Frankenberg, E. (2015). Review of a push-out? Low performance students and New York city charters schools. Recuperado el 14 de septiembre de 2015 de http://nepc.colorado.edu/thinktank/review-pushed-out.

 Maul, A. (2013) A review of charters schools in Michigan. Recuperado el 14 de septiembre de
2015de http://nepc.colorado.edu/thinktank/review-charter-performance-michigan.

McEwan, P. J. (2009). Review of “Everyone Wins: How Charter Schools Benefit All New York City Public School Students.” Boulder and Tempe: Education and the Public Interest Center & Education Policy Research Unit. Recuperado el 14 de septiembre de 2015 de
 http://epicpolicy.org/thinktank/review-Everyone-Wins.

Miron, G. & Applegate, B. (2009). Review of “Multiple choice: Charter school performance
in 16 states.” Boulder and Tempe: Education and the Public Interest Center & Education Policy Research Unit. Recuperado el 14 de septiembre de 2015 de
http://epicpolicy.org/thinktank/reviewmultiple-choice.